Resolución No. 0008 del 03 de enero de 2024 – SuperSubsidio

LA CAJA DE COMPENSACIÓN FAMILIAR DEL ORIENTE COLOMBIANO COMFAORIENTE

 INFORMA

 Que la Superintendencia del Subsidio Familiar profirió la Resolución No. 0008 del 03 de enero de 2024 "Por la cual se decide la solicitud de aprobación de las decisiones adoptadas en la sesión Ordinaria de la Asamblea General de Afiliados de la Caja de Compensación Familiar del Oriente Colombiano – COMFAORIENTE del 03 de abril de 2023 y que consta en el Acta No. 61" la cual resolvió:

"REPUBLICA DE COLOMBIA

MINISTERIO DEL TRABAJO

SUPERINTENDENCIA DEL SUBSIDIO FAMILIAR

RESOLUCIÓN NÚMERO 0008 DE 2024

(03 DE ENERO DE 2024)

 "(…) RESUELVE

 "ARTÍCULO PRIMERO. APROBAR la reforma parcial de los Estatutos de la Caja de Compensación Familiar del Oriente Colombiano COMFAORIENTE, efectuada por la Asamblea General Ordinaria de Afiliados en sesión del 03 de abril de 2023, consistente en la modificación de los artículos 3, 4, 13, 15, 19, 20 y 39, de acuerdo en la parte motiva del presente acto administrativo.

 PARÁGRAFO. NO OBSTANTE, la aprobación impartida a la presente Reforma Parcial Estatutaria deberá entenderse que las normas legales priman sobre las estatutarias y cualquier diferencia jurídica que surja en la interpretación de los Estatutos, se deberá remitir al texto de la Ley.

 ARTÍCULO SEGUNDO: IMPROBAR la reforma parcial de los Estatutos de la Caja de Compensación Familiar del Oriente Colombiano – COMFAORIENTE, efectuada por la Asamblea General Ordinaria de Afiliados en sesión del 03 de abril de 2023, consistente en la modificación de los artículos 43, 44, 45, 46, 47, 48, 49, 50, 51, 52, 53, 54, 55, 56, 57, 58, 59, 60, 61, 62, 63, 64, 65, 66, 67, 68, 69 y 70, de conformidad con lo expuesto en la parte considerativa de esta Resolución.

 ARTÍCULO TERCERO: APROBAR las demás decisiones adoptadas en la reunión ordinaria de la Asamblea General de Afiliados de la Caja de Compensación Familiar del Oriente Colombiano – COMFAORIENTE en sesión del 03 de abril de 2023 y que constan en el Acta No. 61, conforme a lo señalado en la parte motiva del presente acto administrativo.

 ARTÍCULO CUARTO: PUBLICAR la parte resolutiva de este acto administrativo en la página electrónica de la Caja de Compensación Familiar del Oriente Colombiano COMFAORIENTE y en un diario de amplia circulación en el Departamento de Norte de Santander, remitiendo un (1) ejemplar de cada una de las publicaciones y el texto actualizado de los Estatutos a esta Superintendencia dentro de los treinta (30) días siguientes a la ejecutoria. Lo indicado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 73 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

 ARTICULO QUINTO: NOTIFICAR el contenido de la presente Resolución, en los términos del artículo 67 y siguientes del Código de Procedimiento Administrativo y de lo contencioso Administrativo – CPACA-, a las siguientes personas:

  1. OMAR JAVIER PEDRAZA FERNÁNDEZ, identificado con cédula de ciudadanía No. 13.487.441 en calidad de Director Administrativo de la Caja de Compensación Familiar del Oriente Colombiano - COMFAORIENTE, o quien haga sus veces, en el correo electrónico [email protected] o [email protected] o en la dirección Avenida 2 Calle 14 esquina en la ciudad de Cúcuta
  1. MARÍA CONSUELO SILVA URIBE, identificada con cédula de ciudadanía No. 27.619.674 y portadora de la T.P 34222-T, en calidad de Revisora Fiscal de la Caja de Compensación Familiar del Oriente Colombiano - COMFAORIENTE en el correo electrónico [email protected].

 ARTÍCULO SEXTO: INFORMAR a los interesados que contra el presente Acto Administrativo procede recurso de reposición, el cual deberá interponerse por escrito en el acto de la diligencia de notificación o dentro de los diez (10) días siguientes a ella, ante el Superintendente del Subsidio Familiar.

 ARTÍCULO SÉPTIMO: ORDENAR al Representante Legal de la Caja de Compensación Familiar del Oriente Colombiano – COMFAORIENTE, comunicar el contenido de la Resolución a los órganos de Dirección y Administración establecidos en los Estatutos de la Caja.

 ARTÍCULO OCTAVO: ORDENAR al Grupo de Gestión Documental y Notificaciones, una vez en firme el presente acto administrativo, comunicar su ejecutoria a la Superintendencia delegada para la Responsabilidad Administrativa y las Medidas Especiales — Grupo de Registro y Control, para lo de su competencia.

 ARTÍCULO NOVENO: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su ejecutoria".

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE

 

ANGIE KATHERINE MONROY BOBADILLA

Superintendente del Subsidio Familiar (E)