¿Qué es el Subsidio Familiar?
Es una prestación social pagadera en dinero, especie y servicios a los trabajadores de menores y medianos ingresos, en proporción al número de personas a cargo.

¿Quiénes tienen derecho al subsidio?
Tienen derecho al subsidio familiar en dinero los trabajadores cuya remuneración mensual, fija o variable no sobrepase los cuatro (4) Salarios Mínimos Legales Mensuales Vigentes (SMLMV), siempre y cuando laboren al menos 96 horas al mes y sumados sus ingresos con los de su cónyuge o compañero(a), no sobrepasen los seis (6) SMLMV.

¡Conozca aquí el procedimiento de la prescripción del subsidio en dinero no cobrado!

Se puede recibir el subsidio por:

  • Hijos legítimos, naturales, extramatrimoniales, adoptivos e hijastros que se encuentren a cargo del afiliado, hasta los 18 años siempre y cuando cumplan los requisitos de escolaridad.
  • Hermanos huérfanos de padres dependientes del trabajador, hasta los 18 años cuando cumplan con los requisitos de escolaridad.
  • Padres mayores de 60 años que se encuentren a cargo del afiliado y que no reciban salario, renta o pensión alguna.
  • Hijos, padres o hermanos huérfanos de padre y madre de cualquier edad con discapacidad permanente que les impida laborar. Estos afiliados son beneficiarios del Subsidio Monetario Especial, teniendo derecho a doble cuota de subsidio familiar.
  • Pago simultáneo: Podrán cobrar simultaneamente el subsidio familiar por los mismos hijos el padre y la madre cuya remuneraciones sumadas no excedan de cuatro (4) SMLMV.
  • Todo trabajador de empresa afiliada a esta Caja de Compensación, cuyo salario sea inferior a cuatro salarios mínimos y que sumados sus ingresos con los del cónyuge no sobrepasen los seis (6) SMLMV para poder recibir Subsidio Familiar debe llenar el formulario de afiliación a la Caja, donde incluya a las personas a cargo y adjuntar los documentos que prueben el derecho a recibir la cuota del Subsidio en dinero.

Documentos que se deben presentar para la afiliación:

  • Fotocopia de la cédula del trabajador y personas mayores de 18 años.
  • Formulario de afiliación diligenciado con la firma y sello de la empresa y del trabajador (click aquí para descargar).
  • Presentar documentos que sirvan como prueba para ser beneficiarios en la prestación en dinero.

NOTA: En los casos que la inscripción se realice mediante el Archivo Plano o Página Web, debe presentar posteriormente los documentos probatorios en nuestros Puntos de Atención.

Requisitos para el pago del subsidio familiar:
Todo trabajador(a) permanente que tenga personas a cargo y se encuentre dentro de las regulaciones estipuladas en la ley 789 de 2002 para ser beneficiario del subsidio familiar en dinero deberá presentar los siguientes documentos:

1. HIJO  2. HIJASTRO 3.HERMANOS HUERFANOS DE PADRES      4. PADRES MAYORES DE 60 AÑOS

1. HIJO 

1.1 Registro Civil de nacimiento de cada hijo con nombre de los padres.

1.2 Fotocopia de la Cédula de ciudadanía del trabajador

1.3 Fotocopia de la Cédula de ciudadanía del cónyuge, compañero (a) o madre de los hijos.

1.4 Certificado escolar expedido por establecimiento educativo para hijos de 12 hasta 18 años.

1.5 Certificado de Comfanorte donde conste que el trabajador y el cónyuge no reciben subsidio familiar por esa caja. Anexar la constancia laboral del trabajador afiliado a la otra caja.

1.6 Registro civil de matrimonio.

1.7 En caso de unión libre declaración notarial de los compañeros sobre convivencia y dependencia económica.

1.8 En caso de separación, la guardia y custodia de los hijos expedida por el juez.

1.9 En caso de discapacidad, certificado médico expedido por la E.P.S donde se encuentra afiliado, en el cual se fije el % de discapacidad del hijo

2. HIJASTRO

2.1 Registro civil de matrimonio.

2.2 Registro Civil de nacimiento de cada hijo con nombre de los padres.

2.3 Fotocopia de la Cédula de ciudadanía del trabajador

2.4 Fotocopia de la Cédula de ciudadanía del cónyuge.

2.5 Certificado escolar expedido por establecimiento educativo para hijos de 12 hasta 18 años.

2.6 Certificado de Comfanorte donde conste que el hijastro no recibe subsidio familiar. Si es beneficiario del subsidio familiar por otra caja. Anexar la constancia laborar del trabajador afiliado a la otra caja.

2.7 Declaración extrajuicio juramentada ante notario o alcaldía en la cual declare la cónyuge el cuidado de los menores acreditando sostenimiento económico por parte del trabajador y convivencia con el cónyuge del mismo.

2.8 En caso de discapacidad, certificado médico expedido por la E.P.S donde se encuentra afiliado, en el cual se fije el% de discapacidad del hijastro.

3.HERMANOS HUERFANOS DE PADRES     

3.1 Registro civil de nacimiento de hermano con nombre de los padres.

3.2 Registro civil de nacimiento del trabajador con nombre de los padres.

3.3 Registro de defunción de los padres.

3.4 Certificado escolar expedido por establecimiento educativo para hermanos de 12 hasta 18 años.

3.5 Certificado de comfanorte donde certifique que el hermano no recibe subsidio familiar.

3.6 Certificado del Seguro social y fondos de pensiones (porvenir, protección, horizonte, Santander) donde conste que no recibe pensión el hermano.

3.7 Declaración extrajuicio juramentada del trabajador ante notario o alcaldía, sobre sostenimiento económico y convivencia del hermano con el trabajador y el no recibo de salario, renta o pensión.

3.8 En caso de discapacidad del hermano, certificado médico expedido por la E.P.S donde se encuentra afiliado, en el cual se fije el % de discapacidad de la persona.

4. PADRES MAYORES DE 60 AÑOS

4.1 Registro civil de nacimiento del trabajador con nombre de los padres.

4.2 Fotocopia de la cédula de los padres.

4.3 Certificado de supervivencia expedido por notaria o alcaldía.

4.4 Certificado de Comfanorte donde certifique que los padres no reciben subsidio familiar.

4.5 Certificado del seguro social y fondos de pensiones (porvenir, protección, horizonte, santander) donde conste que los padres no reciben pensión.

4.6 Declaración extrajuicio juramentada de los padres ante notario o alcaldía, sobre sostenimiento económico, convivencia y el no recibo de salario, renta o pensión.

4.7 En caso de discapacidad de los padres el certificado médico expedido por la E.P.S. donde esté afiliado en el cual se fije el % de discapacidad.

Servicios

1. Hijo

  • 1.1 Registro civil de nacimiento de cada hijo con nombre de los padres.

2. Padres

  • 2.1 Registro civil de nacimiento del trabajador con nombre de los padres.
  • 2.2 Fotocopia de la cédula de los padres.

3. Cónyuge

  • 3.1 Registro civil de matrimonio.
  • 3.2 En caso de unión libre, declaración notarial de los compañeros sobre convivencia y dependencia económica.
  • 3.3 Fotocopia de la cédula del trabajador.
  • 3.4 Fotocopia de la cédula de la cónyuge o compañera.

NOTAS IMPORTANTES: Las constancias de estudio escolar y supervivencias deben presentarlas todos los años antes del 30 de marzo. Las constancias de universidad deben renovarse dos veces al año (antes del 30 de marzo y antes del 30 de septiembre). Señor afiliado, si usted ha cobrado subsidio familiar y tiene la documentación, debe diligenciar únicamente el formulario para actualizar datos. Según lo previsto en el Artículo 37 de la ley 21 de 1982, todo trabajador beneficiario tiene la obligación de avisar a la Caja directamente o por conducto del empleador, los nacimientos o muertes de personas a cargo, el término de la convivencia y cualquier otro hecho que determine modificaciones en la cuantía del subsidio (dentro del mes en que cualquiera de dichos eventos ocurra).

Descargue aquí el formulario de afiliación: